Nuevas medidas en la contratación estatal para reactivación económica

Mediante el Decreto 579 de 2021, expedido el 31 de mayo por el Departamento Nacional de Planeación (DNP), se sustituyeron ciertos parágrafos transitorios consagrados en el Decreto 1082 de 2015 o Decreto único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación, en materia de contratación estatal. 

Para entender la medida debe mencionarse que con anterioridad el DNP expidió el Decreto 399 de abril de 2021 cuya finalidad es la promoción de la reactivación económica, permitiendo que en los procedimientos de selección de las entidades estatales se evalúe la capacidad financiera y organizacional de los oferentes, teniendo en cuenta solamente el mejor año fiscal del proponente de los tres (3) últimos años. Con esta medida se espera también que en los procesos de contratación se presente una mayor pluralidad de oferentes.

Con el nuevo decreto las Cámaras de Comercio deberán implementar con mayor celeridad las disposiciones contempladas en la norma, y por ello, el Decreto 579 de 2021 adelantó las fechas de implementación de las medidas ya previstas, pasando a estar vigentes desde el 1 de junio de la presente anualidad y ya no desde agosto de 2021.

 

Decreto 579 de 20201

 

 

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